ACUERDO COMERCIAL ENTRE LA UNION EUROPEA Y CARICOM
ACUERDO
COMERCIAL UNION EUROPEA Y CARICOM (EPA)
HISTORIA
El EPA fue firmado el 15 de octubre por 13 de los 15 países que
participaron en las negociaciones, siendo posteriormente firmado por Guyana (20
de octubre) y quedando sólo Haití por firmar. El EPA entró en vigor de manera
provisional el 31 de octubre.
Desde el 1ro. de enero de 2008 nuestras
exportaciones de bienes y servicios al mercado europeo gozan de las
prerrogativas contenidas en el acuerdo.
En el 2000, la Unión Europea y 78 países del ACP, incluidas 15 naciones
del Caribe, suscribieron el Acuerdo de Cotonú, el cual regula las relaciones
entre CARICOM y UE.
El Acuerdo de Cotonú tiene una duración de veinte años y contiene una
cláusula que permite su revisión cada 5 años. Todos los miembros de CARICOM,
con excepción de Montserrat, suscribieron y ratificaron el Acuerdo de Cotonú.
Las preferencias comerciales no recíprocas de Lomé IV continuarán siendo
aplicadas durante un período provisorio (2000-2007). El Artículo 37 del Acuerdo
de Cotonú por su parte prevé la negociación de acuerdos de asociación
económica, los cuales reemplazarán a los capítulos sobre comercio del Acuerdo
de Cotonú.
En setiembre de 2002, la UE y los países del ACP lanzaron las
negociaciones con miras de alcanzar acuerdos de asociación económica. El
objetivo dichos acuerdos es ir más allá de una relación basada en el acceso
preferencial no recíproco y asegurar la integración de los países de ACP a la
economía mundial. Las negociaciones de los acuerdos de asociación económica
procuran alcanzar cuatro objetivos: una asociación que implique derechos y
obligaciones para ambas partes, el desarrollo económico de las partes (con
énfasis en la flexibilidad e implementación gradual de compromisos), armonía
con iniciativas regionales de integración, y la integración gradual de los
países del ACP a la economía global.
Las negociaciones para alcanzar un acuerdo de asociación económica entre
los países del Caribe y la UE comenzaron el 16 de abril de 2004 en Kingston,
Jamaica y se organizaron en cuatro etapas: (i) la primera etapa se concentraría
en medidas para acelerar la integración dentro de CARIFORUM y establecer
lineamientos para un acuerdo a ser implementado a más tardar el 1º de enero de
2008; (ii) la segunda etapa se concentraría en reuniones de los grupos técnicos
de negociación; (iii) la tercera etapa serviría para consolidar las
conversaciones y puntos de entendimiento en común alcanzados en un borrador de
acuerdo de asociación económica; y (iv) en la etapa final se concluiría el
acuerdo. La segunda etapa se lanzó en Barbado el 12 de noviembre de 2004.
Posteriormente, el 30 de noviembre de 2006, en el marco de la tercera reunión
ministerial sobre la negociación de este acuerdo en Bruselas, el Comisario de
Comercio de la UE y los ministros de los países del Caribe concluyeron la
tercera etapa de negociaciones y brindaron lineamientos para la conclusión de
las negociaciones de acuerdo con el Plan Conjunto y el Calendario de
negociaciones de un Acuerdo de Asociación Económica.
Los Jefes de Estado de CARICOM y los Comisarios de Comercio y Desarrollo
de la UE se reunieron en Montego Bay, Jamaica para una reunión especial
el 4-5 de octubre de 2007. Las partes acordaron el texto del acuerdo de
asociación económica en Barbados el 16 de diciembre de 2007. Posteriormente, se
publicó el texto final del acuerdo el 22 de febrero de 2008.
El 15 de octubre de 2008 la UE y los países de la región del Caribe
firmaron el Acuerdo de Asociación Económica (AAE) que tiene como objetivo
reforzar los vínculos entre ambas regiones y promover la integración regional
entre las Partes y en la región del CARIFORUM. Guyana suscribió el AAE
CARIFORUM-CE el 20 de octubre de 2008.
El 10 de diciembre de 2009, Haití suscribió el Acuerdo de Asociación
Económica uniéndose a los 14 Estados Caribeños que lo suscribieron en octubre
2008.
EN QUE CONSISTE COMO ESTA COMPUESTA (PARTE JURIDICA)
OBJETIVOS
El objetivo dichos acuerdos es ir más allá de una relación basada en el
acceso preferencial no recíproco y asegurar la integración de los países de ACP
a la economía mundial. Las negociaciones de los acuerdos de asociación
económica procuran alcanzar cuatro objetivos: una asociación que implique
derechos y obligaciones para ambas partes, el desarrollo económico de las partes
(con énfasis en la flexibilidad e implementación gradual de compromisos),
armonía con iniciativas regionales de integración, y la integración gradual de
los países del ACP a la economía global.
VIGENCIA
El acuerdo se comenzó a aplicar provisionalmente, de acuerdo con el
Artículo 243 del Acuerdo, el 29 de diciembre de 2008 luego de que Antigua y
Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, la República Dominicana, Grenada,
Guyana, Jamaica, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas,
Suriname, Trinidad y Tobago, y la Comunidad Europea notificasen a la Secretaría
General del Consejo de la Unión Europea que se cumplieron los procedimientos
necesarios para la aplicación provisional del Acuerdo de Asociación Económica
entre los Estados del CARIFORUM y la Comunidad Europea.
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